La peticiones para remover condiciones de residencia permanente y las exenciones de divorcio
Las Peticiones Para Remover Condiciones De Residencia Permanente y Las Exenciones De Divorcio.
Autoría: Diego Alejandro Gómez, Esq.
Una persona que obtiene la residencia permanente (“Greencard”) por medio de matrimonio con un ciudadano(a) estadounidense y cuyo matrimonio se llevó a cabo en 2 años o menos antes de la entrevista para la residencia, recibirá una Greencard “condicional” válida por un período de 2 años. Como residente permanente condicional, debe presentar una petición I-751 para eliminar las condiciones de su residencia por lo menos unos 90 días antes del vencimiento de la Greencard. El proceso de remoción de condiciones requiere que demuestre que todavía está casado, de buena fe, con su cónyuge solicitante y que presente pruebas adicionales que demuestren que todavía viven juntos y comparten una vida juntos.
Pero, ¿qué sucede cuando las cosas no funcionan con su cónyuge? Muchos inmigrantes se sienten obligados a permanecer en un matrimonio infeliz o abusivo porque temen que, si se separan de su cónyuge, no podrán presentar el formulario de remoción de condiciones I-751, lo cual implicaría perder el estatus de residente e incluso ser deportados.
En primer lugar, es importante entender que como inmigrante nadie puede usar su estado migratorio en su contra. Esto incluye a su cónyuge, incluso si fueran este el responsable de ayudarlo a obtener la tarjeta de residencia en primer lugar. En tales casos, existen opciones para continuar el proceso de remover las condiciones y obtener la residencia permanente, en caso de que su matrimonio se vuelva abusivo, o si su cónyuge es cruel con usted, o simplemente porque su matrimonio, a pesar de haberlo intentado, no funcionó.
Es importante saber que, si está buscando una de las tres exenciones de divorcio para remover las condiciones, DEBE estar legalmente divorciado. No es suficiente separarse simplemente de su cónyuge, el requisito primordial es que el divorcio sea legal.
Hay tres exenciones del requisito de presentar la I-751 junto al cónyuge a través del divorcio. También existe una exención en caso de que su cónyuge fallezca durante el período de residencia condicional, pero este artículo se centrará en las opciones de exención a través del divorcio.
La primera es demostrar que contrajo matrimonio de buena fe, pero que simplemente el matrimonio terminó en divorcio. “Buena fe” significa que su matrimonio se celebró por las razones correctas y no solo por los beneficios de inmigración. Para probar esto, debe proveer evidencia de su vida en pareja junto a su cónyuge tales como: Que hayan combinado las finanzas, presentado los impuestos de manera conjunta y si es posible, demostrar que la razón por la que el matrimonio terminó no fue por culpa de ninguna de las partes (i.e. infidelidades).
La segunda exención existe para aquellas personas que fueron maltratadas o sometidas a una crueldad extrema por parte de su cónyuge, y que esa fue la razón por la que abandonó su matrimonio. Para comprobar esto, debe proveer evidencia como: Registros de llamadas al 911, informes policiales, órdenes de protección civil, entre otras. Muchas veces los cónyuges abusados tienen miedo de contactar a las autoridades, especialmente cuando su cónyuge los amenaza con llamar a inmigración o que serán deportarlos. En estos casos puede utilizar declaraciones juradas de amigos y familiares que estén al tanto del abuso y la crueldad para demostrar porqué merece que se le otorgue la exención.
La tercera exención consiste en demostrar que estaría sujeto a una dificultad extrema si se cancela su estatus como residente permanente, y se lo expulsa de los Estados Unidos. El Servicio de Ciudadanía y Aduanas de los Estados Unidos (USCIS por sus siglas en inglés) considerará una variedad de factores al evaluar las dificultades. Estas incluyen: si tiene parientes inmediatos ciudadanos estadounidenses o residentes legales permanentes que dependen de usted, condiciones en su país de origen que causarían dificultades después de la expulsión, entre muchos otros factores.
Vale la pena aclarar que como solicitante de remoción de condiciones, usted no está limitado a buscar solo una de estas tres exenciones. Puede buscar una, dos o las tres exenciones simultáneamente. Lo que significa que entre más evidencia tenga para demostrar cada factor, más sólida será aplicación. Por otra parte, también es importante tener en cuenta de que su cónyuge no puede usar su estado de residente condicional en su contra. De ser así, usted tiene opciones para continuar buscando la residencia permanente incluso si su matrimonio está terminado, y no debe tener miedo de que su cónyuge pueda hacer que lo deporten.
Para obtener más información acerca del cómo remover condiciones de la residencia permanente, o si tiene alguna otra inquietud sobre inmigración, no dude en comunicarse con nosotros al (561)429-3984, vía WhatsApp al (561)809-2268, o por correo electrónico info@restrepolawgroup.com.