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LEY DE LOS 10 AÑOS

Esta defensa consiste en que una persona que lleve al menos 10 años presente en los Estados Unidos, que tenga buen carácter moral y no haya cometido ciertos crímenes y que tenga familiares ciudadanos o residentes que puedan tener un sufrimiento extremo y excepcional tras su deportación, califica para que se le perdone su deportación y se le conceda la residencia permanente.

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